Entrevista a Vicente González Iglesias, abogado (Oviedo, 1963)
“El particular que ha sido incluido indebidamente en el Registro de insolvencia patrimonial tiene derecho a ser indemnizado por vulneración del Derecho al honor”
Vicente, háblenos de su trayectoria profesional.
En 1988 aprobé las oposiciones de funcionarios de administración local con habilitación nacional, subescala de secretaría-intervención, y en 1990, las de la subescala de Secretaría categoría de entrada.
He ejercido como Secretario e Interventor del Ayuntamiento de Bembibre (León) desde 1989, desempeñando la Asesoría Jurídica y la Defensa Letrada de la entidad, así como el control económico-financiero y tributario, y compatibilizando su actividad pública con la privada en el ejercicio profesional de la abogacía.
¿Es ésta la crisis más grande que España ha sufrido?
No cabe duda de que si no es la mayor crisis de su historia, es una de las más importantes que hemos vivido. La economía española sufrirá la mayor caída de la OCDE este año y, según las previsiones del propio organismo, nuestro PIB caerá un 11,6 % este año, previsiblemente empezará a repuntar el año que viene, pero no recuperará los niveles precrisis hasta 2023.
En pocos meses veremos las verdaderas consecuencias, la situación en la que se quedarán las personas, las familias… ¿cree que vienen tiempos en los que se habrá acabado el abuso por parte de la banca?, hablo de productos tóxicos, intereses abusivos…
Resulta notorio en nuestros días, más aún en sectores como el sector bancario analizado, la imposición al consumidor de un sistema de contratación con un clausulado general, a cuyo sometimiento se ve avocado el consumidor, que en la gran mayoría de los casos contiene cláusulas abusivas.
Entiendo que esta situación va a mantenerse en el tiempo ya que el sector bancario no negocia con el cliente las condiciones de los contratos de adhesión, con cláusulas predispuestas, “lo tomas o lo dejas”.
De hecho, actualmente, cuando el cliente les hace una reclamación extrajudicial indicando con toda claridad el abuso de sus derechos, en la mayoría de los casos no la aceptan, y en el resto, si les proponen una solución amistosa, suele ser a favor de la Entidad, engañando de nuevo a su cliente.
No culpo a un gobierno concreto, más bien los meto a todos en el mismo saco, ya que al fin y al cabo a quienes han dejado totalmente expuestos ha sido a los ciudadanos españoles. Hablo de Telefonías, Eléctricas, empresas que nos aportan servicios y que más o menos hacen lo que quieren, hace ya tiempo que utilizan el sistema presión, acoso… ¿Qué consejo le daría a nuestros lectores que se ven de repente en ficheros de morosos, haciendo un pago abusivo que no les corresponde, pero que no queda otro remedio que hacerlo o te cortan el servicio..?
Que no se dejen intimidar porque la normativa de protección a los consumidores y usuarios establece una especial tutela de sus intereses y la jurisprudencia de nuestros Tribunales, acogiendo la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, nos está dando continuamente la razón, como lo demuestran las últimas sentencias en relación con:
– La anulación de las comisiones de apertura incorporadas a todo tipo de créditos.
– Las cláusulas de vencimiento anticipado que permiten la resolución por el incumplimiento de cualquier obligación de pago.
– La anulación de las cláusulas de hipotecas con límites de interés, o referenciadas al IRPH, multidivisas. Gastos de formalización (registro, notario, gestoría, tasación).
– La anulación de todos los intereses cobrados en tarjetas de crédito con intereses remuneratorios leoninos (en la mayoría de los casos superiores al 25 % T.A.E.).
En definitiva, mi consejo es que acudan a un profesional que les asesore y les aconseje de las actuaciones a seguir en defensa de sus legítimos intereses.
Por lo que se refiere a la amenaza de inclusión en ficheros de morosos, los datos de carácter personal son especialmente protegidos. Para que una persona pueda ser incluida en este tipo de Registros, se deben cumplir ciertos requisitos.
– Existencia de una deuda cierta, vencida y exigible.
– Que no hayan transcurrido 6 años desde el vencimiento de la obligación de pago o cumplimiento.
– Requerimiento previo de pago fehaciente.
El particular que ha sido incluido indebidamente en el Registro de insolvencia patrimonial tiene derecho a ser indemnizado por vulneración del Derecho al honor, y los Tribunales están muy sensibilizados con esta materia otorgando importantes indemnizaciones.
¿Cuál es su especialidad?
Nuestro despacho es multidisciplinar, somos especialistas en derecho administrativo y tributario, laboral (conflictos laborales, prestaciones de la Seguridad Social, invalidez), y civil en todas las especialidades, contratos en general, derecho de familia, sucesiones, reclamaciones de accidentes, etc.
Creo que se ha especializado en la reclamación de tarjetas revolving a las entidades bancarias…
Fuimos el primer despacho en Asturias en obtener una sentencia favorable en cláusulas suelo, con cobro de intereses desde la formalización del préstamo. Desde esa fecha hemos multiplicado la cartera de nuestros clientes que han depositado su confianza en nosotros.
Como hemos dicho anteriormente, la mayoría de los contratos de tarjetas de crédito tienen intereses leoninos en las condiciones de pago aplazado de las compras y operaciones que hacen los clientes. Intereses que en la mayoría de los casos son superiores al 25 % T.A.E. Las últimas sentencias de nuestros Tribunales obligan a devolver a las entidades financieras todos los intereses abonados, desde el inicio de la relación contractual, imponiendo siempre las costas a las entidades financieras.
Está claro que la crisis económica está dejando mella en las familias españolas, ¿considera que se mirarán las circunstancias desde un punto de vista constructivo?, le hablo de las personas con préstamos, multas, pagos pendientes a hacienda, seguridad social…
Los sucesivos decretos que ha dictado el gobierno relacionados con la pandemia que estamos viviendo, han aprobado una serie de medidas de carácter económico y social para apoyo a ciudadanos y a empresas, evidentemente insuficientes para paliar la crisis que estamos viviendo. Entiendo que las previsiones de las Administraciones en todos estos ámbitos se han quedado cortas y la respuesta efectiva está llegando muy tarde, por lo que muchas familias están pasando carencias importantes en sus necesidades básicas y, una gran parte de las empresas, sobre todo en el sector de la hostelería y la restauración, se verán abocadas al cierre.
Esta es una evidencia que ya hemos detectado en nuestro bufete, con aumento de las consultas y acciones sobre conflictividad laboral, reclamaciones de deudas impagadas tanto de entidades financieras como entidades públicas, etc.
¿Qué pasará con todas esas multas derivadas del Covid-19, por el tema de las mascarillas? Se supone que muchas personas han sido multadas y no tenían ingresos debido a esta situación.
Se debe analizar caso por caso, ya que en muchas ocasiones se imponen sanciones sin la cobertura legal. No obstante, si no se impugna la multa, la sanción adquiere firmeza, y la administración seguirá el procedimiento recaudatorio en voluntaria, y sino se paga en vía de apremio con posibilidad de embargo de bienes, principalmente cuentas bancarias.
¿Qué mensaje le enviaría a los lectores de nuestro periódico?
Nos ponemos a su disposición para ofrecerles nuestros servicios profesionales, que con mayor detalle pueden consultar en nuestra página web:
https://www.gonzaleziglesiasabogados.com
Recordándoles que nuestra primera consulta es gratuita y nuestra política es que nuestros honorarios sean abonados por el contrario, como sucede en el 100% de los casos de reclamaciones bancarias.